El ministro Josep Piqué, prematuramente fallecido hace escasas semanas, fue uno de los pocos políticos con la visión suficiente como para apostar por la inversión en Tailandia y por la necesidad de un mayor y más decidido posicionamiento español, tanto público como privado, en el Sudeste Asiático. Una zona que, potenciada por organizaciones y tratados de nuevo cuño, como la Comunidad Económica Asean (2015) y la Asociación Económica Integral Regional (RCEP, en inglés) (2020), respectivamente, no cesa de crecer en estos últimos años, lo cual llevó a Piqué a admitir, en línea con lo que previamente habían admitido Robert D. Kaplan o C.R. Boxer, que «quien gane el Sudeste Asiático, ganará el mundo». Un mundo que en estos momentos es un mercado de más de 660 millones de consumidores, con un PIB anual de 2,76 billones de euros y un potencial que, de seguir evolucionando a este ritmo, va a hacer de él la cuarta economía mundial en los próximos años.
Entre los países que lo componen, hay uno, Tailandia, que ofrece amplias oportunidades al inversor extranjero, incrementadas, si cabe, por el hecho de que empresas con sede en China están trasladando parte de su cadena de suministro a Tailandia, especialmente en los sectores de la electrónica (discos duros, semiconductores, diodos y condensadores), automoción (vehículos eléctricos) y repuestos. A estos sectores hay que añadir otros que poseen una buena inversión en Tailandia, como el de las infraestructuras (transportes, puertos, aeropuertos, agua, energía, residuos), el de la salud (dispositivos médicos), el de la economía digital (computación en la nube, internet de las cosas, análisis de datos) o el de la agricultura («smart farming»: nuevas tecnologías, sistemas de procesamiento de datos). E incluso, al igual que en otros países, el de profesionales altamente cualificados (infraestructuras, logística, economía digital), que presentan igualmente oportunidades dignas de ser tenidas en cuenta.
La concesión de incentivos, que completa un marco sumamente atractivo para el inversor extranjero, está supeditada a la naturaleza del sector en que se invierta. A este respecto, el gobierno tailandés ha clasificado las actividades elegibles para dicha concesión en dos grupos, «A» y «B», de acuerdo con su grado de importancia, de tal forma que las que estén en el primero podrán acceder a incentivos fiscales y no fiscales, mientras que las que estén en el segundo sólo a incentivos no fiscales y, eventualmente, a exenciones arancelarias, si procede. En el grupo «A» se encuentran actividades de investigación y desarrollo (A1); actividades relacionadas con infraestructuras con tecnologías avanzadas (A2 ó A3); o actividades que, sin llegar a ser de alta tecnología, agreguen valor a los recursos nacionales y fortalezcan la cadena de suministro (A4). Y, en el grupo «B», actividades relacionadas con industrias auxiliares que, sin llegar a utilizar alta tecnología, sean importantes para la cadena de valor (B1-B2).
En el caso de actividades de investigación y desarrollo, si la inversión en Tailandia en este sector se eleva a un mínimo de 5,5 millones de dólares, o a 1% de las ventas totales en los tres primeros años, la exención del impuesto de sociedades (20%) puede llegar hasta trece años; en el de infraestructuras con tecnologías avanzadas, hasta ocho años; y en el actividades que, sin ser de alta tecnología, agreguen valor a los recursos nacionales y fortalezcan la cadena de suministro, hasta tres años. Al hablar de incentivos fiscales, no puedo dejar de mencionar los relativos a las empresas emergentes o «start-ups», ya se trate de inversiones llevadas a cabo por personas físicas, jurídicas o capital riesgo corporativo, siempre y cuando se hagan en industrias o actividades específicas, como aviación y logística, agricultura y biotecnología o defensa y educación, entre otras, con exenciones en el impuesto de las personas físicas y en el de sociedades en proporción al capital invertido.
En este contexto, es necesario mencionar, por muy sucinta que sea esta mención, como la ha sido la de oportunidades e incentivos, a la Junta de Inversiones de Tailandia (o Thailand’s Board of Investment -BOI- en inglés) y al papel que la misma juega en materia de incentivos, servicios e información. De acuerdo con lo previsto en la Ley de Promoción de Inversiones 2520 (o Investment Promotion Act) de 1977, enmendada en 2001 y posteriormente en 2017, y más concretamente en la Estrategia Quinquenal de Promoción de Inversiones 2023-2027, el BOI está facultado para conceder incentivos fiscales y no fiscales como los mencionados a empresas tailandesas y extranjeras que desarrollen actividades en suelo tailandés, y sobre todo en zonas promovidas por la Junta. Entre las distintas zonas de inversión en Tailandia, se encuentran las Zonas de Promoción de Inversiones (en veinte provincias, desde Kalasin hasta Ubon Ratchatami), las Zonas Económicas Especiales (en las fronteras con Myanmar, Laos y Camboya) y el Corredor Económico Oriental (en tres provincias: Rayong, Chonburi y Chachoengsao).
Por último, en cuanto a los mecanismos de inversión relacionados con inversión en Tailandia, el preferido por los inversores extranjeros que desean tener presencia en el país suele ser por regla general, frente a la sucursal o el centro internacional de negocios, el equivalente a nuestra sociedad de responsabilidad limitada. En el supuesto de que quieran poseer el 100% del capital, y superar el límite del 49% prescrito en la normativa vigente -en concreto, la Foreign Business Act-, entonces tienen que obtener del BOI la correspondiente licencia; de no ser así, el 51% que no posean tiene que estar en manos de un socio local, circunstancia ésta que puede ser controlada mediante la emisión de acciones ordinarias y preferenciales y la limitación del derecho de voto. Además, deben tener en cuenta las actividades que, de acuerdo con lo previsto en las listas anejas a dicha normativa, están prohibidas (pesca) o precisan de una aprobación del Consejo de Ministros -seguridad nacional, recursos naturales- o del Ministerio de Comercio -ingeniería, turismo, alimentación y bebidas-.
Antonio Viñal
Abogado
AVCO Legal
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