Una panel de Arbitraje Mercantil Internacional en una moderna sala de conferencias con vistas al horizonte de Singapur. Un mazo, una balanza de justicia y un cartel que dice 'INTERNATIONAL COMMERCIAL ARBITRATION PANEL' sobre la mesa junto a las siglas 'SIAC' y 'AIAC'. Un mapa en la pared muestra ciudades conectadas en el sudeste asiático.

1. El proceso de internacionalización empresarial

El proceso de internacionalización empresarial es un proceso a menudo largo y complejo, un proceso que unas veces obedece a factores ofensivos para ganar cuota de mercado o aprovechar economías de escala, y otras a factores defensivos para reactivar la demanda o neutralizar a la competencia.Amenazado en la actualidad por dificultades geoeconómicas —barreras, aranceles y restricciones comerciales—, volatilidades regulatorias —fragmentación normativa, proteccionismo estatal, aplicación impredecible—, contingencias tecnológicas —ciberamenazas, infraestructuras críticas, inteligencia artificial descontrolada—, peligros medioambientales —eventos climáticos extremos, escasez de recursos naturales, transiciones desordenadas— e inestabilidades geopolíticas —conflictos armados activos y latentes, amenazas corporativas globales, rivalidad China-Occidente—, exige, como recomienda el Global Risks Report 2026, del World Economic Forum, un alto grado de resiliencia y sostenibilidad. Y sobre todo de gestión del riesgo.

 

2. Los mecanismos de resolución de controversias

Una de las cuestiones más importantes en el ámbito mercantil internacional es, en efecto, la gestión del riesgo, en particular las disputas derivadas de la interpretación o ejecución de cláusulas contractuales, donde el Arbitraje Mercantil Internacional permite anticiparse en la medida de lo posible, mediante las correspondientes previsiones, a la resolución de las mismas de la forma más rápida y efectiva.

Entre esas previsiones se encuentran diversos tipos de mecanismos, judiciales o arbitrales, cuya elección puede —y debe— hacerse en su momento, teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes en cada caso, ya sea la identidad y nacionalidad de las partes, la naturaleza jurídica de la relación, la especialización del juzgador y confidencialidad del proceso o la ejecutabilidad del fallo. Una elección que, como señala Faustino Cordón, se decanta frecuentemente a favor de la vía arbitral, como consecuencia, por una parte, de una cierta mentalidad a favor de esta vía; y, por otra, de la ausencia de una jurisdicción supraestatal de derecho privado.

Esta mentalidad a favor del arbitraje se explica por diversas razones, entre las cuales se encuentra la neutralidad, es decir, la posibilidad de elegir un foro neutral, un árbitro neutral y una ley neutral, reduciendo con ello el peligro de la «Home Court Advantage». Pero no es la única, pues hay otras, como la especialización del árbitro frente al juez ordinario; la confidencialidad, dado que el procedimiento y el laudo arbitrales son privados; la rapidez, que hace que la duración de un arbitraje habitualmente no sobrepase los 12 meses; y la ejecutabilidad, que obliga a los países firmantes del Convenio de Nueva York, de 10 de junio de 1958, a reconocer estos laudos y ejecutarlos igual que sentencias nacionales.

 

3. El arbitraje mercantil internacional en el Sudeste Asiático

Si el recurso al arbitraje parece casi siempre aconsejable en todo tipo de operaciones mercantiles internacionales, lo es aún más en las que se realicen en mercados poco conocidos. Uno de estos últimos ha sido hasta ahora el Sudeste Asiático, aunque hoy en día estamos afortunadamente ante un mercado al que, tanto por el potencial económico, comercial o estratégico que representa, como por el reconocimiento explícito de este potencial por parte de la Estrategia Española para Asia Pacífico 2026-2029, cada vez se le presta mayor atención.

Es conveniente subrayar las seguridades de carácter institucional, económico, operativo y, sobre todo, legal vinculadas a los numerosos centros de arbitraje existentes en la región: SIAC, VIAC, AIAC, BANI, PDRCI, o THAC.

Si bien el Singapore International Arbitration Center (SIAC) es sin duda el más conocido (unos 886 casos en 2025), el Vietnam International Arbitration Center (VIAC) es el de mayor crecimiento en la zona tras el SIAC. Por su parte, el Asian International Arbitration Center (AIAC) en Kuala Lumpur y el Indonesia National Board of Arbitration (BANI) en Yakarta, mantienen una actividad relevante centrada en la construcción. Finalmente, el Philippine Dispute Resolution Center Inc. (PDRCI) y el Thailand Arbitration Center (THAC) contribuyen igualmente a la seguridad jurídica regional.

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